La Ley de Reconstrucción Nacional rebaja a la mitad el impuesto a las donaciones a hijos y cónyuge por un año, abre la regularización de bienes en el extranjero y cambia la conveniencia de tener los inmuebles en una sociedad. Le ayudamos a decidir qué traspasar, cómo y cuándo, y lo dejamos firmado dentro del plazo.
Agendar 30 minutos Escribir por WhatsAppEl Congreso despachó el proyecto el 4 de agosto de 2026, el Tribunal Constitucional hizo el control preventivo el 2 de octubre (Rol 17.917-26), el Presidente la promulgó el 9 de octubre y se publicó en el Diario Oficial el 17 de octubre como Ley N° 21.850. La ventana de donaciones y la exención de IVA en viviendas nuevas abren el 1 de diciembre de 2026; la regularización de bienes en el extranjero, el 1 de enero de 2027; y el impuesto sustitutivo sobre utilidades acumuladas se puede ejercer hasta el 17 de junio de 2027. Todo el trabajo previo puede quedar listo desde ya. Si quiere entender la ley en detalle, lea nuestra guía de la Ley de Reconstrucción Nacional.
Diagnóstico del patrimonio y de los legitimarios, verificación del tope, valorización de los inmuebles, escrituras públicas de donación, declaración jurada ante el SII y pago del impuesto antes de firmar. Inmuebles, derechos sociales o acciones.
Antes de donar, decidir el vehículo: traspasar las propiedades directamente o los derechos de una sociedad que las contenga; constituir o reordenar una sociedad de inversión o un holding familiar; reglas de administración y de salida entre hermanos.
Que lo donado ahora no genere un conflicto después: cuadre de legítimas y cuarta de mejoras, testamento coherente con las donaciones y documentación para la futura posesión efectiva.
El lado jurídico de la regularización: inventario de los bienes, estructura en que están, y, si se traen a Chile, cómo y en qué se invierten: una propiedad en Chile cuenta para la tasa reducida del 7%. Coordinamos con su asesor tributario el cálculo y la declaración.
Junto a su contador, si conviene el impuesto sustitutivo del 10% y qué hacer con la sociedad después; la rebaja del impuesto de primera categoría cambia la cuenta para las sociedades que arriendan inmuebles.
Para compradores: revisamos si su compra califica para la exención de IVA desde el 1 de diciembre de 2026, y, si compró una vivienda nueva desde el 22 de abril de 2026 y pagó IVA, si procede que la inmobiliaria pida la devolución y se lo restituya.
Desde 2027 la vivienda principal de las personas de 65 años o más queda exenta. Revisamos que una donación o reestructuración no la haga perder, y los casos de copropiedad y herencia.
Donantes o hijos en el extranjero: poderes con apostilla, RUT de los donatarios y firma de escrituras sin viajar. Más sobre trabajar desde el extranjero.
30 minutos, por 1 UF: qué tiene, a quién lo quiere traspasar y si la ventana le conviene. Sale con una respuesta clara, aunque sea «no done».
Honorarios fijos por escrito, con alcance y plazos, antes de empezar.
Inventario, certificados, valorizaciones, análisis de legítimas y borradores, listos antes de que abra la ventana.
Declaración jurada, pago del impuesto, escrituras e inscripciones en el Conservador, sin dejar nada para la última semana.
Por qué no esperar a que abra la ventana: la ventana es de un año, pero el trabajo previo toma semanas y las notarías y los Conservadores se congestionan al final de cualquier plazo tributario. Quien llega con todo listo firma en los primeros meses.
El diagnóstico del patrimonio y de la familia, la recomendación de qué conviene traspasar y cómo, la redacción y firma de las escrituras de donación, la declaración jurada ante el SII y el pago del impuesto, y la coordinación con su contador para las decisiones tributarias de sus sociedades.
Sí, y es lo recomendable. Ninguna donación puede acogerse a la rebaja antes de que abra la ventana, pero el inventario, la valorización, el análisis de las legítimas y los borradores de las escrituras se pueden dejar listos para firmar el día en que abra la ventana.
La primera reunión, de 30 minutos, cuesta 1 UF. En ella vemos si la ventana le conviene y le entregamos una propuesta de honorarios por escrito, con alcance y plazos, antes de empezar.
La Ley N° 21.850 de Reconstrucción Nacional se publicó en el Diario Oficial el 17 de octubre de 2026. Esta página se basa en el texto oficial publicado en el Diario Oficial. No constituye asesoría jurídica ni tributaria para un caso concreto.
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